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lunes, 16 de junio de 2014

PELÍCULA ... PERO DE BERLANGA


Hace unos días publicamos una entrada sobre la reciente Sentencia del Supremo sobre las grabaciones de juicios y vistas (aquí). Esta mañana hemos tenido un juicio verbal en el que hemos vivido hechos muy parecidos a los que dan lugar a la misma.

Esta vez no se ha tratado de que los testigos o las partes se alejaran del micrófono, sino que directamente ha sido Su Señoría quien ha resuelto con un tono de voz tan suave que a quien suscribe le ha costado bastante trabajo escuchar lo que decía. De hecho, he tenido que complementarlo con lo que yo creía que estaba diciendo a la vista de mis alegaciones. Bien es verdad que dictará sentencia en el sentido de sus murmuraciones, sentencia que por otro lado ni siquiera es susceptible de recurso dada su escasa cuantía.

Pero la cuestión no es esta, sino ¿qué podía o debía haber hecho alguno de los letrados intervinientes, y más concretamente mi oponente que es quien resulta perjudicado por la decisión judicial? ¿Debía haber exigido amablemente a Su Señoría que repitiera sus argumentos en un tono más alto y pegado al micrófono? Incluso, ¿podía haber alegado en apoyo de su petición el contenido de la Sentencia del Tribunal Supremo al que nos referíamos en la entrada anterior?

Como alguien cantó (título de otro Album memorable de mi niñez), “the answer is blowing in the air”.

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